Regulations and Policies in TCIM
An overview of the national approaches in the Americas Region regarding the TCIM can be acquired by understanding the TCIM policies and practices recognized in each country and their respective norms. There are notorious differences in the approach adopted by each different country.
Therefore, this section aims to provide an overview of the implementation of the strategic objectives of the WHO Traditional Medicine Strategy 2014-2023. The implementation of strategic objective 1 ( building the knowledge base for active management of TCIM) is expressed through the development of appropriate national policies. The implementation of the strategic objective 2 (to strengthen the quality assurance, safety, proper use, and efficacy of TCIM) is met by regulating products, practices, and practitioners. Success in meeting strategic objective 3 (to promote universal health coverage) is reached by suitable integration of TCIM services in healthcare and self-health care.
This section brings information about the laws, public policies, and implementation models of Traditional, Complementary, and Integrative Medicine (TCIM) and health-related practices in health systems in the America’s countries, as well as regulations on TCIM practices, practitioners, and products.
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Also, this portal has a section dedicated to deeping in the studies of models and prospects that support the use and integration of TCIM in health systems and services. In such section, entitled “Conceptual Models” you can find relevant references that reflect several positions. Other developments include tools for dialogue and cooperation in the topic.
- Argentina
- Bolivia
- Brazil
- Canada
- Chile
- Colombia
- Cuba
- Ecuador
- EEUU
- Mexico
- Nicaragua
- Peru
- Links of interest
Medicamentos Herbales, Fitoterapeuticos y Plantas medicinales
- http://saacupuntura.com.ar/wp-content/uploads/2017/09/932-2000.jpg
- Resolución Nº 1817/2013 - DROGAS VEGETALES, LOS PREPARADOS DE DROGAS VEGETALES, LOS MEDICAMENTOS HERBARIOS
- Disposición Nº 2819/2004 - ANEXO VIII de la ANMAT.
- Disposicion 2673/99 AGREGADO XI.
- Disposición 1788/00 de la ANMAT.
Acupuntura
- Resoluciones Oficiales
- Resolución 997-2001 - Publicada en el boletín oficial Nº 29.733 del 17 de septiembre de 2001, del Ministerio de Salud.
Medicamentos Homeopáticos
- Decreto del Poder Ejecutivo Nº 3472 del año 1948.
- Ley 17565 (1967) y su Decreto Reglamentario 7123 (1968).
- Resolución 670/71 de la ex secretaría de Estado de Salud Pública de la Nación.
- Resolución 192/98 de la Secretaría de Política y Regulación de Salud de la Nación.
- Resolución 55/92 y Disposición 1176/93 de la Secretaría de Salud de la Nación.
Medicinas Tradicionales, complementarias e Integrativas
Medicina Tradicional Indígena
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- Ley nº 23.302 sobre "Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes. Objetivos. Comunidades Indígenas. Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. Adjudicación de Tierras. Planes de Educación, Salud y Vivienda." Fue sancionada e Setiembre de 1985 y promulgada en Noviembre de 1985.
Enlaces de interés
Medicina Tradicional Indígena
- Reglamento del Ejercicio de la Práctica de la Medicina Tradicional Boliviana con Resolución Ministerial Nº 0231
- Ley Nº 0928 mediante la cual se crea el Instituto de Medicina Tradicional Kallawaya. https://www.minsalud.gob.bo/images/Documentacion/normativa/ley-459-edicin-596nec.pdf y http://medicinaintercultural.org/socios/viceministerio-de-medicina-tradicional-e-interculturalidad-bolivia.
- Ley N° 459 de 19 de diciembre de 2013 Medicina Tradicional Ancestral Boliviana. https://www.minsalud.gob.bo/images/Documentacion/normativa/ley-459-edicin-596nec.pdf.
- Decreto supremo No 2436, de Julio de 2015, reglamentario de la Ley 459. https://www.minsalud.gob.bo/images/Documentacion/normativa/decreto-supremo-2436-edicin-773nec.pdf
Productos naturales y medicamentos homeopáticos
- Ley de Medicamentos Nº 1737 de 1997 y el D.S. 24672.
- Resolución Suprema Nº 25235, señala en el Capítulo XIX, Medicamentos Naturales Tradicionales.
- Resolución Nº 013, 2001, del Ministerio de Salud y Previsión Social regula el comercio, registro y expendio de Medicamentos Naturales, Tradicionales y Homeopáticos.
Medicamentos tradicionales, naturales y homeopáticos
- Norma para medicamentos naturales, tradicionales y homeopáticos
- Manual para registro sanitario de producto natural, tradicional y artesanal
Medicina Tradicional Ancestral
Actores reconocidos:- Médicos (as) Tradicionales: Kallawayas, Jampiris, Killiris, hueseros, Qapachaqueras, Milluri
- Guias Espirituales
- Parteras y parteros tradicionales
- Naturistas Tradicionales
Medicina Natural y Prácticas Complementarias
- Política Nacional de Medicina Natural y Prácticas Complementarias PNPIC (1ª edição). PUBLICACIÓN 971, 1600 e 853. 2ª edição de 2015.
- Portaria GM/MS nº 849/2017 - PNPIC é ampliada sendo incorporadas 14 práticas integrativas e recursos terapêuticos Portaria 849, de 2017. Ampliação PNPIC.
Política Nacional de Prácticas Integrativas y Complementarias en Salud
http://dab.saude.gov.br/portaldab/pnpic.php- Medicina Tradicional Chinesa
- Antroposofia aplicada à saúde
- Fitoterapia
- Técnicas manuais em PICs
- Práticas corporais e mentais em PICs
- Homeopatia
- Craneoterapia
- Acupuntura
- Auriculoacupuntura
- Medicina antroposófica
- Plantas medicinais e fitoterapia
- Práticas corporais da Medicina Tradicional Chinesa
- Termalismo
- Arteterapia
- Ayurveda
- Biodança
- Dança circular
- Musicoterapia
- Naturologia Naturopatia
- Osteopatia
- Quiropraxia
- Reflexoterapia
- Reiki
- Shantala
- Terapia comunitária integrativa
- Yoga
Legislación de la Política Nacional de Práticas Integrativas e Complementares em Saúde - PNPICS
Medicina Tradicional Indígena
- Lei Arouca 9.836/99. Política Nacional de Atención a la Salud de los Pueblos Indígenas (Portaria MS 254/2002).
- Creación de la SESAI en Ministério de la Salud. Portaria No 2.759/2007.
Medicamentos naturales, Plantas medicinales e Fitoterapeuticos
- Decreto presidencial de 17/02/05 - Referencia de asistencia Farmacéutica en la Atención Primária (Ley nº 4.217, de 29/12/2010 - Revogada pela PRT nº 1555/GM/MS de 30.07.2013.
- Decreto nº 5813, de 22 de junho de 2006. Aprova a Política Nacional de Plantas Medicinais e Fitoterápicos e dá outras providências.
Acupuntura
- Portaria nº 07/DGP, de 27 de janeiro de 2009 - Regula o exercício da Acupuntura no âmbito do serviço de saúde do Exército.
Enlaces de interés
Medicina Complementaria e Integrativa
Para ver la regulación en Naturopatía, consulte: www.cand.ca.Productos naturales y homeopáticos
Para ver la regulación en productos naturales, vaya a: Natural and Non-prescription Health Products Directorate.Medicina tradicional
Canadá está en el proceso de nuevas reglamentaciones del NHP para la medicina tradicional de los pueblos aborígenes, de las Primeras Naciones y de los Inuit.Medicina Tradicional Indígena
Medicina indígena en complementariedad con el sistema público de salud- Normativas Internacionales y Sectoriales.
- Ley Indígena nº 19.253.
- Ley que Regula los Derechos y los Deberes que tienen las Personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud.
- Ley de Autoridad Sanitaria Nº 19.397 (2004). Art. 4, nº 16
- Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud (2005). Art. 21
- Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud (2005). Artículo 8 letra e)
- Norma General Administrativa N°16 sobre “Interculturalidad en los Servicios de Salud” (2006)
- Política de Salud y Pueblos Indígenas. (2006)
- Ley 20.584 (2012) Art.7.
- Programa de Salud y Pueblos Indígenas (1996).
- Programa Especial de Salud y Pueblos Indígenas (2000).
Homeopatía
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- Decreto N°19 de 2009 (publicado el 16/03/2010): Otorga Reconocimiento y Regula a la Homeopatía como Profesión Auxiliar de la Salud.
Acupuntura
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- Decreto N° 123 de 2006 (publicado el 26/05/2008): Otorga Reconocimiento y Regula a la Acupuntura como Profesión Auxiliar de la Salud.
Naturopatía
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- Decreto N° 5 de 2012 (publicado el 8/06/2013): Otorga Reconocimiento al Naturismo y Regula a la Naturopatía como Profesión Auxiliar de la Salud.
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Prácticas Médicas Alternativas
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- Decreto N° 42 de 2004 (publicado el 17/06/2005): Reglamento para el Ejercicio de las Prácticas Médicas Alternativas como Profesiones Auxiliares de la Salud y de los recintos en que éstas se realizan.
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Enlaces de interés
Medicina y Terapias Alternativas y Complementarias - MTAC
- Medicina Tradicional China
- Medicina Ayurveda
- Medicina Homeopática
- Medicina Naturopática
- Medicina Neuralterapéutica
- Medicina Osteopática
- Terapias con filtros
- Terapias Bioenergéticas
- Terapias Manuales
Medicina y Terapias Alternativas y Complementarias
Contexto – Enfoque intercultural de las políticas:- Ley 1438 de 2011 - Reforma el SGSSS, capítulo III, Atención Primaria en Salud (APS) con Interculturalidad.
- Ley 1751 o Ley Estatutaria de salud- Elemento o principio de interculturalidad.
- Resolución 429 de 2016 – La Política de Atención Integral en Salud, incluye transversalmente la interculturalidad.
- Resolución 2003 de 2014 - Procedimientos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar los servicios.
- Resolución 5171 de 2017 - Establece la Clasificación única de procedimientos en Salud – CUPS.
- Resoluciones 5269 de 2017 y 046 de 2018 - Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
- Resolución 330 de 2017 - Adopta el procedimiento técnico-científico y participativo para la determinación de los servicios y tecnologías que no podrán ser financiados con recursos públicos.
- Ley 1164 de 2007 - Talento Humano en Salud, artículos 7 y 19.
- Lineamientos técnicos para la articulación de las Medicinas y las Terapias Alternativas y Complementarias, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud
Medicamentos naturales, Plantas medicinales y Fitoterapeuticos
- Medicamentos homeopáticos: Decretos: 3554 de 2004, 1737 de 2005, y 1861 de 2006, 1229 de 2015.
- Producto fitoterapéuticos: Decreto 2266 de 2004 y Decreto 1156 de 2018
- Tiendas Naturistas: Resoluciones 126 de 2009, 527 de 2010, 662 de 2011
Medicina Tradicional de los grupos étnicos del país:
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- Medicina tradicional/ancestral Indígena.
- Medicina tradicional/ancestral de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
- Medicina tradicional del Pueblo Rom Gitano.
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- Ley 691 de 2001, reglamenta la participación de los Grupos Étnicos en el Sistema General de Seguridad Social en Colombia.
- Compendio legislativo para población Afrocolombiana, Negra, Palenquera y Raizal
- Resolución número 1077 de 2017: Incluye la manifestación 'Saberes asociados a la partería afro del Pacífico' en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional, y se aprueba su Plan Especial de Salvaguardia.
- Decreto 1953 de 2014, define el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural - SISPI.
- Ley No. 1450 de 2010 y Ley 1753 de 2015, Planes Nacionales de Desarrollo: Estructuración, desarrollo e implementación del Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural –SISP, y apoyo de diseños de modelos de salud propios e interculturales.
- Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015, el Estado reconoce y garantiza el Derecho Fundamental a la Salud integral, entendida según sus propias cosmovisiones y conceptos que se desarrolla en el SISPI.
- Decreto 1232 de 2018: Medidas especiales de prevención y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento o Estado Natural.
- Convenio 169 de OIT – Marco constitucional: Adecuación de servicios, considerando los métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales.
- Ley 100 de 1993, crea el sistema de seguridad social integral. Art. 157 y 181 (Posibilidad de crear EPS indígenas).
- Ley 691 de 2001, los planes y programas de servicios de salud tendrán en consideración el saber y las prácticas indígenas.
- Acuerdo 326 de 2005 (reglamentario de la Ley 691), recogido en el Decreto 780 de 2016: adecuación sociocultural y del POS Indígena, contempla acciones de medicina tradicional.
- Decreto 330 de 2001: Entidades Promotoras de Salud, conformadas por cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas.
- Decretos 4972 de 2007, 780 de 2016 y 1848 de 2017: Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Indígenas.
- Resoluciones 5269 de 2017 y 046 de 2018 - Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
- Resolución 330 de 2017 - Adopta el procedimiento técnico-científico y participativo para la determinación de los servicios y tecnologías que no podrán ser financiados con recursos públicos.
- Ley 1164 de 2007- Talento Humano en Salud, artículo 20. Sentencia C-942-09 de 2009.
- Lineamientos incorporación del enfoque intercultural en los procesos de formación del talento humano en salud, para el cuidado de la salud de pueblos indígenas en Colombia:
- Producto fitoterapéuticos: Decreto 2266 de 2004.
- Decreto 1973 de 2013, crea la Subcomisión de salud de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos Indígenas.
Enlaces de interés
- Ministerio de Salud y Protección Social, Normativa
- Ministerio de Salud y Protección Social, Observatorio de Talento Humano en Salud, Sala temática de Medicina y terapias alternativas y complementarias
- Ministerio de Salud y Protección Social, Promoción Social - Grupos étnicos:
- Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA
Listado de Prácticas MTCI reconocidas
- Medicina Natural y Tradicional
- Acupuntura
- Terapia Floral
- Fitoterapia
- Apiterapia
- Ozonoterapia
- Homeopatía
- Hidrología Médica
- Helio-Talasoterapia
- Ejercicios Terapéuticos Tradicionales
- Orientación Nutricional Naturista
Medicina Natural y Tradicional
-
- Programa Nacional de MNT del MINSAP. Acuerdo 4282.
Medicamentos naturales, Plantas medicinales y Fitoterapeuticos
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- Gaceta Oficial
- Resolución 381/2015 del Ministerio de Salud Pública (Publicado en Gaceta Oficial No. 17 Extraordinaria de 20 de mayo de 2015).
Enlaces de interés
Listado de Prácticas MTCI reconocidas
MEDICINA ANCESTRAL-TRADICIONAL- Medicina ancestral tradicional indígena
- Medicina tradicional del pueblo afroecuatoriano
- Medicina tradicional del pueblo montubio
- Medicina tradicional del pueblo mestizo
MEDICINA ALTERNATIVA
- Acupuntura
- Moxibustión
- Homeopatía
TERAPIAS ALTERNATIVAS
Terapias Integrales o Completas- Terapias Naturales
- Medicina Andina
- Terapia Reiki
- Naturopatía
- Desarrollo humano, Gestalt y Procesos Creativos
Terapias de Manipulación y basadas en el Cuerpo
- Quiropraxia
- Ostopatía
- Digitopresión
Prácticas de Bienestar de la Salud
- Reiki
- Biomagnetismo
- Masaje Terapia
- Reflexología
- Shiatsu
- Yoga
- Terapia Florales
- Chi Kung
- Tai chi
Medicina Natural y Tradicional
- Constitución de la República del Ecuador.
- Ley Orgánica de Salud.
- Articulación de Prácticas y Saberes de Parteras Ancestrales en el Sistema Nacional de Salud. Manual (Acuerdo Ministerial N° 0070-2016).
Medicina y Terapias Complementarias
- Reglamento que regula el ejercicio de los profesionales especialistas en medicinas alternativas (Acuerdo Ministerial N° 5001-2014). En el Acuerdo Ministerial 5001: especifica que para que pueda ejercer en los establecimientos deben contar con el permiso otorgado por la Autoridad Sanitaria.
- Normativa para el Ejercicio de las Terapias Alternativas (Acuerdo Ministerial N° 037-2016).
- Catálogo de normas, políticas, reglamentos, protocolos, manuales, planes, guías y otros del MSP.
Enlaces de interés
Medicina Complementaria e Integrativa
Cada estado y cada TCIM tienen una regulación específica.- Para ver la regulación de la acupuntura en cada estado, consulte: National Certification Commission for Acupuncture and Oriental Medicine.
- Para ver la regulación naturopática: American Association Naturopathic physicians - AANP
Productos naturales y homeopáticos
Para ver la regulación de productos naturales: U.S. Food & Drug Administration.Listado de Prácticas MTCI reconocidas
- Medicina Tradicional Indígena
- Medicinas Complementarias
- Fitoterapia
- Acupuntura (Moxibustión, Ventosas, microsistemas de acupuntura)
- Homeopatía
- Quiropraxia
- Herbología
Con respecto a la medicina tradicional:
- Artículo segundo de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos que el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad y que señala las autoridades, tienen la obligación de: Asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional, aprovechando debidamente la medicina tradicional.
- Ley General de Salud desde 2006, Artículos 6º, 64 y 93, que reconoce a la medicina tradicional indígena como uno de los objetivos del Sistema Nacional de Salud.
- La partera tradicional esté reconocida en el artículo 64 de la LGS, que específica que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes establecerán acciones de capacitación para fortalecer la competencia técnica de las parteras tradicionales, para la atención del embarazo, parto y puerperio.
- La NORMA Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016, para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, en su numeral 5.1.11 señala que “… Los partos de bajo riesgo de término, pueden ser atendidos por enfermeras obstetras, parteras técnicas y parteras tradicionales capacitadas”.
- La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación General 31/2017, que en su Quinta recomendación de carácter particular expresa lo siguiente: “Implementar eficazmente las políticas públicas ya previstas en el orden jurídico nacional, relacionadas con la partería tradicional en México y adoptar las medidas necesarias para fortalecer el proceso de vinculación de las parteras y parteros tradicionales al Sistema Nacional de Salud, creando un entorno jurídico e institucional que propicie el respeto y el ejercicio de dicha actividad, mediante el reconocimiento y la promoción de las aportaciones, práctica y desarrollo de la medicina tradicional indígena en condiciones adecuadas y garantizando que la capacitación técnica que reciban sea periódica, actualizada y además tome en cuenta sus usos y costumbres. Señalando de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes medidas: Asegurar el acceso y destinar espacios adecuados en los hospitales para que las parteras y parteros tradicionales puedan asistir y brindar acompañamiento a las mujeres embarazadas; impartir cursos y/o talleres y desarrollar campañas de sensibilización dirigidos al personal médico que labora dentro de Sistema Nacional de Salud sobre la importancia y el respeto de la partería tradicional; proveer a las parteras y parteros tradicionales de los instrumentos necesarios para prestar sus servicios en condiciones idóneas (distribución de suministros, maletines obstétricos o sencillos estuches desechables para asegurar las buenas condiciones higiénicas de los partos, organización de sistemas de transporte para trasladar los embarazos patológicos, mejoramiento del procedimiento de envío de casos); asegurar que el material que se les facilite durante su capacitación sea culturalmente adecuado e implementar los mecanismos para la sistematización de los resultados y beneficios del ejercicio de la partería.
Con respecto a las medicinas complementarias:
- México incorporó el 7 de mayo de 1997, algunos elementos de diferentes modelos clínico terapéuticos, con las reformas a la Ley General de Salud, publicadas en el Diario Oficial de la Federación. A partir de ese momento, en la Ley se reconoce que por su carácter los medicamentos pueden ser a) alopáticos, b) homeopáticos y c) herbolarios.
- Esto se plasma en el Reglamento de Insumos para la Salud, en el cual se regula la definición, registro, elaboración, envasado, publicidad y establecimientos de los medicamentos homeopáticos, medicamentos herbolarios y remedios herbolarios.
- En el caso de la homeopatía, su incorporación al sistema de salud fue establecida oficialmente por un decreto expedido por el entonces presidente Gral. Porfirio Díaz en 1896. Posteriormente este decreto es ratificado por el gobierno del General Plutarco Elías Calles, en 1928. El 26 de diciembre de 1983, en sesión pública ordinaria, el Senado de la República, ratificó la Farmacopea Homeopática de los Estados Unidos Mexicanos y dejó establecido que “la Farmacopea Homeopática, instrumento fundamental de la Medicina Homeopática, seguirá teniendo el respeto que la propia reglamentación sanitaria señala y señalará para el ejercicio de la medicina respectiva”. En enero de 1998 la Secretaría de Salud publicó la primera actualización de la Farmacopea Homeopática.
- Con respecto a la acupuntura, el 18 de septiembre del 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA3-2012, Regulación de servicios de salud. Para la práctica de la acupuntura humana y métodos relacionados, la cual modifica y sustituye a la anterior. En ella se reconoce la especialidad en acupuntura, la licenciatura en acupuntura y el técnico en acupuntura.
- En el caso de la herbolaria, desde la primera Farmacopea Mexicana en 1846, la herbolaria medicinal estuvo presente, al igual que en las diversas ediciones posteriores. En noviembre de 2001, se publicó la primera edición de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos.
- En 2006, se incorporan los consultorios de homeopatía y acupuntura al modelo de unidades médicas del Plan Maestro de Infraestructura en Salud y se difunden las cartillas para la prestación de servicios con homeopatía y acupuntura.
- Tomando en cuenta las evidencias científicas en torno a la quiropráctica reconocidas por los Estados Unidos y otros Países, y el que la OMS la reconoció en 1988 y publicó en 2005 las Directrices sobre Formación Básica e Inocuidad en Quiropráctica, durante 2011 y 2012 en la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS), se elaboraron las guías de estructuración y de evaluación de planes y programas para la formación del licenciado en quiropráctica.
- Se cuenta también con Guías de estructuración y evaluación para los planes y programas de formación de la Licenciatura en Medicina Homeopática, Técnico Superior Universitario en Acupuntura, y Diplomado en Herbolaria para el fortalecimiento de la práctica médica elaborados y publicados por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS).
Medicina Natural y Tradicional
- Ley General de Salud desde 2006, Artículos 6º, 64 y 93, que reconoce a la medicina tradicional indígena como uno de los objetivos del Sistema Nacional de Salud.
- Guía de Implantación: Fortalecimiento de los Servicios de Salud con Medicina Tradicional
Medicina y Terapias Complementarias y Medicamentos
- Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA3-2012 - Reformas a la Ley General de Salud 1997.
- Secretaría de Salud Acciones y Programas
Enlaces de interés
Listado de Prácticas MTCI reconocidas
Medicina tradicional Ancestral - Medicina Natural y Terapias Complementarias- Aceites esenciales
- Etnobotanica
- Fitoterapia
- Iridología
- Natroparía
- Medicina ayurveda
- Homeopatía
- Homotoxicología
- Farmacopea vegetal
- Medicina integrativa
- Medicina holística
- Medicina natural - ortopática
- Drenaje linfático
- Gemoterapia
- Hidroterapia
- Helioterapia
- Ozonoterapia
- Hipnosis
- Psicoterapia pránica
- Acupuntura
- Electroacupuntura
- Quiropraxia
- Reiki
- Reflexoterapia
- Masajes
- Moxibustión
- Talasoterapia
- Sanación pránica
- Terapia neural
- Terapia floral
Medicina Tradicional Ancestral
- Ley 759. Ley de Medicina Tradicional Ancestral. Aprobada el 29 de Abril 2011. Publicada en la Gaceta No. 96 el 04 de Julio 2014.
- Reglamento Ley 759 publicado en la Gaceta No. 85 del 12 de Mayo 2014. Ley 774.
Medicina Natural y Terapias Complementarias y Productos Naturales
- Ley 774. Ley de Medicina Natural, Terapias Complementarias y Productos Naturales en Nicaragua. Aprobada el 5 de Octubre del 2012. Publicada en la Gaceta No. 10 el 18 de Enero 2012.
- Reglamento Ley 774 publicado Gaceta No. 86 del 13 de Mayo 2014.
- Ley General de Salud - Ley No. 423, aprobada el 14 de Marzo del 2002 Publicado en la Gaceta No. 91 del 17 de Mayo del 2002.
- Reglamento de la Ley General de Salude. Decreto No. 001-2003. Aprobado el 09 de Enero del 2003. Publicado en Las Gacetas Nos. 7 y 8 del 10 y 13 de Enero del 2003.
Enlaces de interés
- Ministerio de la Salud Nicaragua - Normas, Protocolos y Manuales
Listado de Prácticas MTCI reconocidas
Medicina Tradicional y Medicina AlternativaTerapias Biologicas
- Trofoterapia
- Plantas medicinales, Fitoterapia
- Hidroterapia
- Geoterapia
- Termalismo
- Ozonoterapia
- Oxigenoterapia hiperbárica
- Ortomolecular
- Apiterapia
- Hirudoterapia
- Orinoterapia
- Hemoterapia
- Peloideterapia
- Aromoterapia
- Homotoxicología
Terapias Energeticas
- Acupuntura
- Auriculopuntura
- Moxibustion
- Laserpuntura
- Ventosas
- Electroacupuntura
- Cromoacupuntura
- Reiki
- Toque terapéutico
- Homeopatia
- Terapia Floral
- Terapia neural
- Magnetoterapia
- Bioenergetica
- Musicoterapia
- Cromoterapia
- Cristaloterapia
Terapias Manuales
- Osteopatía
- Quriopraxia
- Shiatzu
- Tui na
- Masoterapia
- Drenaje linfático
- Kinesiología
- Reflexoterapia
- Feldenkrais
- EICIWO
Terapias Mente Cuerpo
- Terapias psicocinéticas
- Meditación
- Hipnosis
- Biodescodificación
- Programación neurolingüística
- Respiración holotrópica
- Biofeedback
- Risoterapia
- Yoga
- Relajación
- Constelaciones familiares
- Terapia artística
Normativa MTCI Peru
- Constitución de la República del Perú. En su Capítulo I, artículo 2, inciso 18, dice que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural. El Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación.
- Ley General de Salud Nº 26482 – 1997.
- Decreto Supremo N° 011-2017 que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud.
- Decreto Supremo N° 016-2016 - Aprueban la Política Sectorial de Salud Intercultural - SA.
- Decreto Supremo N° 005-2013-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura.
- Gerencia de Medicina Complementaria de EsSalud. Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 656-PE-ESSALUD-2014.
- Resolución de Gerencia General Nº 457-GG-ESSALUD-2016, que aprueba la Directiva. Nº 008-GG-ESSALUD-2016, "Normas Generales para el funcionamiento de los Centros y Unidades de Medicina Complementaria”.
- LEY Nº 28736 - Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial.
- Resolución Ministerial N°202-2012-MC, que aprueba la Directiva N°03-2012-MC que regula el funcionamiento de la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u Originarios.
- Decreto Supremo N° 006-2016-MC que crea Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para la Salvaguardia y Revalorización de los Conocimientos, Saberes, y Prácticas Tradicionales y Ancestrales de los Pueblos Indígenas u Originarios.
- Resolución Ministerial N° 611-2014/MINSA - Aprueban el Documento. Técnico: Diálogo Intercultural en Salud.
- Resolución Ministerial N° 799-2007/MINSA. Aprueban “Norma Técnica de Salud N° 059-MINSA/INS-CENSI-V.01: Prevención, Contingencia ante el Contacto y Mitigación de Riesgos para la Salud en escenarios con presencia de Indígenas en Aislamiento y en Contacto Reciente.
- Resolución Ministerial 598-2005/MINSA, se aprobó la Norma Técnica para la Atención de Parto Vertical con adecuación Intercultural, con la finalidad de mejorar el acceso de la población andina y alto amazónica a los servicios de salud para la atención de calidad del parto vertical con adecuación intercultural.
- DECRETO SUPREMO Nº 013-2006-SA - Reglamento de Establecimientos de Salud y Servicios Médicos de Apoyo.
- RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 544-2011/MINSA, Modifican la R.M. N° 207-2011/MINSA, sobre conformación de la Comisión Sectorial de Medicina Alternativa y Complementaria (COMAC).
- Manual HIS N°05: “Manual de Registro y Codificación de la Atención en la Consulta Externa Medicina Alternativa y Complementaria”.
- Resolución de Gerencia General N° 457-GG-ESSALUD-2016, que aprueba la. Directiva N° 008-GG-ESSALUD-2016, “Normas Generales para el funcionamiento de los Centros y Unidades de Medicina Complementaria".
- Resolución N ° 1147-GG-ESSALUD-2016. "Cartera de Servicios de los Centros y Unidades de Medicina Complementaria en el Seguro Social de Salud - ESSALUD".
- Resolución Nº990-GG-EsSalud-2016: “Programa Reforma de Vida: Sumak Kawsay: Vivir en Armonía”.
- Resolución Ministerial N° 134-2008/MINSA. Otorgan reconocimiento oficial a la Asociación Peruana de Acupuntura y Moxibustión como Asociación Médica.
- Ley Nº 29459-2009 de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios.
- Resolución Nº 842- GG-ESSALUD-2016, aprueba el “Petitorio de Productos Recursos e Insumos de Medicina Complementaria”
- "Resolución de Gerencia Central de Prestaciones de Salud Nº 017-GCPS-ESSALUD 2016 que aprueba el "Manual de Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro en Medicina Complementaria".
- Directiva Nº 10-GG-ESSALUD-2016 aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 722-GG-ESSALUD-2016. :“Elaboración y Aprobación de protocolos de Investigación en Medicina Complementaria en ESSALUD”
- Resolución de Gerencia General N° 473-GG-EsSalud-2016. Creación de la Revista Peruana de Medicina Integrativa.
Enlaces de interés
- Ministerio de Salud - Leyes y Normas
- Costa Rica: Ministerio de Salud y Procuraduría General de la República de Costa Rica
- El Salvador: Ministerio de Salud
- Honduras: Secretaria de Salud - Transparencia
- Paraguay: Ministerio de Salud Publica y Bienestar Social
- Uruguay: Ministerio de Salud
- Venezuela: Ministerio del Poder Popular para la Salud