Regulations and Policies in TCIM

Argentina

Medicamentos Herbales, Fitoterapeuticos y Plantas medicinales

Acupuntura

Medicamentos Homeopáticos

Medicinas Tradicionales, complementarias e Integrativas

Medicina Tradicional Indígena

    • Ley nº 23.302 sobre "Política Indígena y apoyo a las Comunidades Aborígenes. Objetivos. Comunidades Indígenas. Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. Adjudicación de Tierras. Planes de Educación, Salud y Vivienda." Fue sancionada e Setiembre de 1985 y promulgada en Noviembre de 1985.

Enlaces de interés

Bolivia

Medicina Tradicional Indígena

Productos naturales y medicamentos homeopáticos

Medicamentos tradicionales, naturales y homeopáticos

Medicina Tradicional Ancestral

Actores reconocidos:
  • Médicos (as) Tradicionales: Kallawayas, Jampiris, Killiris, hueseros, Qapachaqueras, Milluri
  • Guias Espirituales
  • Parteras y parteros tradicionales
  • Naturistas Tradicionales
Brasil

Medicina Natural y Prácticas Complementarias

Política Nacional de Prácticas Integrativas y Complementarias en Salud

http://dab.saude.gov.br/portaldab/pnpic.php
  • Medicina Tradicional Chinesa
  • Antroposofia aplicada à saúde
  • Fitoterapia
  • Técnicas manuais em PICs
  • Práticas corporais e mentais em PICs
  • Homeopatia
  • Craneoterapia
  • Acupuntura
  • Auriculoacupuntura
  • Medicina antroposófica
  • Plantas medicinais e fitoterapia
  • Práticas corporais da Medicina Tradicional Chinesa
  • Termalismo
  • Arteterapia
  • Ayurveda
  • Biodança
  • Dança circular
  • Musicoterapia
  • Naturologia Naturopatia
  • Osteopatia
  • Quiropraxia
  • Reflexoterapia
  • Reiki
  • Shantala
  • Terapia comunitária integrativa
  • Yoga

Legislación de la Política Nacional de Práticas Integrativas e Complementares em Saúde - PNPICS

Medicina Tradicional Indígena

Medicamentos naturales, Plantas medicinales e Fitoterapeuticos

Acupuntura

Enlaces de interés

Canadá

Medicina Complementaria e Integrativa

Para ver la regulación en Naturopatía, consulte: www.cand.ca.

Productos naturales y homeopáticos

Para ver la regulación en productos naturales, vaya a: Natural and Non-prescription Health Products Directorate.

Medicina tradicional

Canadá está en el proceso de nuevas reglamentaciones del NHP para la medicina tradicional de los pueblos aborígenes, de las Primeras Naciones y de los Inuit.
Chile

Homeopatía

    • Decreto N°19 de 2009 (publicado el 16/03/2010): Otorga Reconocimiento y Regula a la Homeopatía como Profesión Auxiliar de la Salud. 

Acupuntura

    • Decreto N° 123 de 2006 (publicado el 26/05/2008): Otorga Reconocimiento y Regula a la Acupuntura como Profesión Auxiliar de la Salud. 

Naturopatía

      • Decreto N° 5 de 2012 (publicado el 8/06/2013): Otorga Reconocimiento al Naturismo y Regula a la Naturopatía como Profesión Auxiliar de la Salud. 

Prácticas Médicas Alternativas

          • Decreto N° 42 de 2004 (publicado el 17/06/2005): Reglamento para el Ejercicio de las Prácticas Médicas Alternativas como Profesiones Auxiliares de la Salud y de los recintos en que éstas se realizan.

Enlaces de interés

Colombia

Medicina y Terapias Alternativas y Complementarias - MTAC

  • Medicina Tradicional China
  • Medicina Ayurveda
  • Medicina Homeopática
  • Medicina Naturopática
  • Medicina Neuralterapéutica
  • Medicina  Osteopática
  • Terapias con filtros
  • Terapias Bioenergéticas
  • Terapias Manuales

Medicina y Terapias Alternativas y Complementarias

Contexto – Enfoque intercultural de las políticas: Servicios de salud:
  • Resolución 2003 de 2014  - Procedimientos y condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar los servicios.
  • Resolución 5171 de 2017 - Establece la Clasificación única de procedimientos en Salud – CUPS.
  • Resoluciones 5269 de 2017 y 046 de 2018 - Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
  • Resolución 330 de 2017 - Adopta el procedimiento técnico-científico y participativo para la determinación de los servicios y tecnologías que no podrán ser financiados con recursos públicos.
Legislación de la práctica:
  • Ley 1164 de 2007 - Talento Humano en Salud, artículos 7 y 19.
  • Lineamientos técnicos para la articulación de las Medicinas y las Terapias Alternativas y Complementarias, en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud

Medicamentos naturales, Plantas medicinales y Fitoterapeuticos

Medicina Tradicional de los grupos étnicos del país:

      • Medicina tradicional/ancestral Indígena.
      • Medicina tradicional/ancestral de las comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras.
      • Medicina tradicional del Pueblo Rom Gitano.
Regulación en Medicina Tradicional:
  • Ley 691 de 2001, reglamenta la participación de los Grupos Étnicos en el Sistema General de Seguridad Social en Colombia.
  • Compendio legislativo para población Afrocolombiana, Negra, Palenquera y Raizal
  • Resolución número 1077 de 2017: Incluye la manifestación 'Saberes asociados a la partería afro del Pacífico' en la Lista Representativa de Patrimonio Cultural Inmaterial del ámbito nacional, y se aprueba su Plan Especial de Salvaguardia.
  • Decreto 1953 de 2014, define el Sistema Indígena de Salud Propio e Intercultural - SISPI.
  • Ley No. 1450 de 2010 y Ley 1753 de 2015, Planes Nacionales de Desarrollo: Estructuración, desarrollo e implementación del Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural –SISP, y apoyo de diseños de modelos de salud propios e interculturales.
  • Ley Estatutaria de Salud 1751 de 2015, el Estado reconoce y garantiza el Derecho Fundamental a la Salud integral, entendida según sus propias cosmovisiones y conceptos que se desarrolla en el SISPI.
  • Decreto 1232 de 2018: Medidas especiales de prevención y protección de los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento o Estado Natural.
Servicios de salud:
  • Convenio 169 de OIT – Marco constitucional: Adecuación de servicios, considerando los métodos de prevención, prácticas curativas y medicamentos tradicionales.
  • Ley 100 de 1993, crea el sistema de seguridad social integral. Art. 157 y 181 (Posibilidad de crear EPS indígenas).
  • Ley 691 de 2001, los planes y programas de servicios de salud tendrán en consideración el saber y las prácticas indígenas.
  • Acuerdo 326 de 2005 (reglamentario de la Ley 691), recogido en el Decreto 780 de 2016: adecuación sociocultural y del POS Indígena, contempla acciones de medicina tradicional.
  • Decreto 330 de 2001: Entidades Promotoras de Salud, conformadas por cabildos y/o autoridades tradicionales indígenas.
  • Decretos 4972 de 2007, 780 de 2016 y 1848 de 2017: Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud Indígenas.
  • Resoluciones 5269 de 2017 y 046 de 2018 - Plan de Beneficios en Salud con cargo a la Unidad de Pago por Capitación (UPC).
  • Resolución 330 de 2017 - Adopta el procedimiento técnico-científico y participativo para la determinación de los servicios y tecnologías que no podrán ser financiados con recursos públicos.
La práctica y la formación:
  • Ley 1164 de 2007- Talento Humano en Salud, artículo 20. Sentencia C-942-09 de 2009.
  • Lineamientos incorporación del enfoque intercultural en los procesos de formación del talento humano en salud, para el cuidado de la salud de pueblos indígenas en Colombia:
Medicamento y productos: Espacios de concertación:
  • Decreto 1973 de 2013, crea la Subcomisión de salud de la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos Indígenas.

Enlaces de interés

  • Ministerio de Salud y Protección Social, Normativa
  • Ministerio de Salud y Protección Social, Observatorio de Talento Humano en Salud, Sala temática de Medicina y terapias alternativas y complementarias
  • Ministerio de Salud y Protección Social, Promoción Social - Grupos étnicos:
  • Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos – INVIMA
Cuba

Listado de Prácticas MTCI reconocidas

  • Medicina Natural y Tradicional
  • Acupuntura
  • Terapia Floral
  • Fitoterapia
  • Apiterapia
  • Ozonoterapia
  • Homeopatía
  • Hidrología Médica
  • Helio-Talasoterapia
  • Ejercicios Terapéuticos Tradicionales
  • Orientación Nutricional Naturista

Medicina Natural y Tradicional

Medicamentos naturales, Plantas medicinales y Fitoterapeuticos

Enlaces de interés

Ecuador

Listado de Prácticas MTCI reconocidas

MEDICINA ANCESTRAL-TRADICIONAL
  • Medicina ancestral tradicional indígena
  • Medicina tradicional del pueblo afroecuatoriano
  • Medicina tradicional del pueblo montubio
  • Medicina tradicional del pueblo mestizo

MEDICINA ALTERNATIVA

  • Acupuntura
  • Moxibustión
  • Homeopatía

TERAPIAS ALTERNATIVAS

Terapias Integrales o Completas
  • Terapias Naturales
  • Medicina Andina
  • Terapia Reiki
  • Naturopatía
  • Desarrollo humano, Gestalt y Procesos Creativos

Terapias de Manipulación y basadas en el Cuerpo

  • Quiropraxia
  • Ostopatía
  • Digitopresión

Prácticas de Bienestar de la Salud

  • Reiki
  • Biomagnetismo
  • Masaje Terapia
  • Reflexología
  • Shiatsu
  • Yoga
  • Terapia Florales
  • Chi Kung
  • Tai chi

Medicina Natural y Tradicional

Medicina y Terapias Complementarias

Enlaces de interés

EEUU

Medicina Complementaria e Integrativa

Cada estado y cada TCIM tienen una regulación específica.

Productos naturales y homeopáticos

Para ver la regulación de productos naturales: U.S. Food & Drug Administration.
México

Listado de Prácticas MTCI reconocidas

  • Medicina Tradicional Indígena
  • Medicinas Complementarias
    • Fitoterapia
    • Acupuntura (Moxibustión, Ventosas, microsistemas de acupuntura)
    • Homeopatía
    • Quiropraxia
    • Herbología
 
Antecedentes legislaciones

Con respecto a la medicina tradicional:

  • Artículo segundo de la Constitución de los Estados Unidos Mexicanos que el derecho de los pueblos y las comunidades indígenas a Preservar y enriquecer sus lenguas, conocimientos y todos los elementos que constituyan su cultura e identidad y que señala las autoridades, tienen la obligación de: Asegurar el acceso efectivo a los servicios de salud mediante la ampliación de la cobertura del sistema nacional, aprovechando debidamente la medicina tradicional.
  • Ley General de Salud desde 2006, Artículos 6º, 64 y 93, que reconoce a la medicina tradicional indígena como uno de los objetivos del Sistema Nacional de Salud.
  • La partera tradicional esté reconocida en el artículo 64 de la LGS, que específica que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes establecerán acciones de capacitación para fortalecer la competencia técnica de las parteras tradicionales, para la atención del embarazo, parto y puerperio.
  • La NORMA Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016, para la atención de la mujer durante el embarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, en su numeral 5.1.11 señala que “… Los partos de bajo riesgo de término, pueden ser atendidos por enfermeras obstetras, parteras técnicas y parteras tradicionales capacitadas”.
  • La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación General 31/2017, que en su Quinta recomendación de carácter particular expresa lo siguiente: “Implementar eficazmente las políticas públicas ya previstas en el orden jurídico nacional, relacionadas con la partería tradicional en México y adoptar las medidas necesarias para fortalecer el proceso de vinculación de las parteras y parteros tradicionales al Sistema Nacional de Salud, creando un entorno jurídico e institucional que propicie el respeto y el ejercicio de dicha actividad, mediante el reconocimiento y la promoción de las aportaciones, práctica y desarrollo de la medicina tradicional indígena en condiciones adecuadas y garantizando que la capacitación técnica que reciban sea periódica, actualizada y además tome en cuenta sus usos y costumbres. Señalando de manera enunciativa más no limitativa, las siguientes medidas: Asegurar el acceso y destinar espacios adecuados en los hospitales para que las parteras y parteros tradicionales puedan asistir y brindar acompañamiento a las mujeres embarazadas; impartir cursos y/o talleres y desarrollar campañas de sensibilización dirigidos al personal médico que labora dentro de Sistema Nacional de Salud sobre la importancia y el respeto de la partería tradicional; proveer a las parteras y parteros tradicionales de los instrumentos necesarios para prestar sus servicios en condiciones idóneas (distribución de suministros, maletines obstétricos o sencillos estuches desechables para asegurar las buenas condiciones higiénicas de los partos, organización de sistemas de transporte para trasladar los embarazos patológicos, mejoramiento del procedimiento de envío de casos); asegurar que el material que se les facilite durante su capacitación sea culturalmente adecuado e implementar los mecanismos para la sistematización de los resultados y beneficios del ejercicio de la partería.

Con respecto a las medicinas complementarias:

  • México incorporó el 7 de mayo de 1997, algunos elementos de diferentes modelos clínico terapéuticos, con las reformas a la Ley General de Salud, publicadas en el Diario Oficial de la Federación. A partir de ese momento, en la Ley se reconoce que por su carácter los medicamentos pueden ser a) alopáticos, b) homeopáticos y c) herbolarios.
  • Esto se plasma en el Reglamento de Insumos para la Salud, en el cual se regula la definición, registro, elaboración, envasado, publicidad y establecimientos de los medicamentos homeopáticos, medicamentos herbolarios y remedios herbolarios.
  • En el caso de la homeopatía, su incorporación al sistema de salud fue establecida oficialmente por un decreto expedido por el entonces presidente Gral. Porfirio Díaz en 1896. Posteriormente este decreto es ratificado por el gobierno del General Plutarco Elías Calles, en 1928. El 26 de diciembre de 1983, en sesión pública ordinaria, el Senado de la República, ratificó la Farmacopea Homeopática de los Estados Unidos Mexicanos  y dejó establecido que “la Farmacopea Homeopática, instrumento fundamental de la Medicina Homeopática, seguirá teniendo el respeto que la propia reglamentación sanitaria señala y señalará para el ejercicio de la medicina respectiva”. En enero de 1998 la Secretaría de Salud publicó la primera actualización de la Farmacopea Homeopática.
  • Con respecto a la acupuntura, el 18 de septiembre del 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA3-2012, Regulación de servicios de salud. Para la práctica de la acupuntura humana y métodos relacionados, la cual modifica y sustituye a la anterior. En ella se reconoce la especialidad en acupuntura, la licenciatura en acupuntura y el técnico en acupuntura.
  • En el caso de la herbolaria, desde la primera Farmacopea Mexicana en 1846, la herbolaria medicinal estuvo presente, al igual que en las diversas ediciones posteriores. En noviembre de 2001, se publicó la primera edición de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos.
  • En 2006, se incorporan los consultorios de homeopatía y acupuntura al modelo de unidades médicas del Plan Maestro de Infraestructura en Salud y se difunden las cartillas para la prestación de servicios con homeopatía y acupuntura.
  • Tomando en cuenta las evidencias científicas en torno a la quiropráctica reconocidas por los Estados Unidos y otros Países, y el que la OMS la reconoció en 1988 y publicó en 2005 las Directrices sobre Formación Básica e Inocuidad en Quiropráctica, durante 2011 y 2012 en la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS), se elaboraron las guías de estructuración y de evaluación de planes y programas para la formación del licenciado en quiropráctica.
  • Se cuenta también con Guías de estructuración y evaluación para los planes y programas de formación de la Licenciatura en Medicina Homeopática, Técnico Superior Universitario en Acupuntura, y Diplomado en Herbolaria para el fortalecimiento de la práctica médica elaborados y publicados por la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos en Salud (CIFRHS).

Medicina Natural y Tradicional

Medicina y Terapias Complementarias y Medicamentos

Enlaces de interés

Nicaragua

Listado de Prácticas MTCI reconocidas

Medicina tradicional Ancestral - Medicina Natural y Terapias Complementarias
  • Aceites esenciales
  • Etnobotanica
  • Fitoterapia
  • Iridología
  • Natroparía
  • Medicina ayurveda
  • Homeopatía
  • Homotoxicología
  • Farmacopea vegetal
  • Medicina integrativa
  • Medicina holística
  • Medicina natural - ortopática
  • Drenaje linfático
  • Gemoterapia
  • Hidroterapia
  • Helioterapia
  • Ozonoterapia
  • Hipnosis
  • Psicoterapia pránica
  • Acupuntura
  • Electroacupuntura
  • Quiropraxia
  • Reiki
  • Reflexoterapia
  • Masajes
  • Moxibustión
  • Talasoterapia
  • Sanación pránica
  • Terapia neural
  • Terapia floral

Medicina Tradicional Ancestral

  • Ley 759. Ley de Medicina Tradicional Ancestral. Aprobada el 29 de Abril 2011. Publicada en la Gaceta No. 96 el 04 de Julio 2014.
  • Reglamento Ley 759 publicado en la Gaceta No. 85 del 12 de Mayo 2014. Ley 774. 

Medicina Natural y Terapias Complementarias y Productos Naturales

Enlaces de interés

Peru

Listado de Prácticas MTCI reconocidas

Medicina Tradicional y Medicina Alternativa

Terapias Biologicas

  • Trofoterapia
  • Plantas medicinales, Fitoterapia
  • Hidroterapia
  • Geoterapia
  • Termalismo
  • Ozonoterapia
  • Oxigenoterapia hiperbárica
  • Ortomolecular
  • Apiterapia
  • Hirudoterapia
  • Orinoterapia
  • Hemoterapia
  • Peloideterapia
  • Aromoterapia
  • Homotoxicología

Terapias Energeticas

  • Acupuntura
  • Auriculopuntura
  • Moxibustion
  • Laserpuntura
  • Ventosas
  • Electroacupuntura
  • Cromoacupuntura
  • Reiki
  • Toque terapéutico
  • Homeopatia
  • Terapia Floral
  • Terapia neural
  • Magnetoterapia
  • Bioenergetica
  • Musicoterapia
  • Cromoterapia
  • Cristaloterapia

Terapias Manuales

  • Osteopatía
  • Quriopraxia
  • Shiatzu
  • Tui na
  • Masoterapia
  • Drenaje linfático
  • Kinesiología
  • Reflexoterapia
  • Feldenkrais
  • EICIWO

Terapias Mente Cuerpo

  • Terapias psicocinéticas
  • Meditación
  • Hipnosis
  • Biodescodificación
  • Programación neurolingüística
  • Respiración holotrópica
  • Biofeedback
  • Risoterapia
  • Yoga
  • Relajación
  • Constelaciones familiares
  • Terapia artística

Normativa MTCI Peru

Enlaces de interés

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